Dr. Amadeo Cerrón Uceda, Fiscal Superior Coordinador de las Fiscalías Provinciales Penales Corporativas de Huánuco.
1. El caso “Aucayacu” presentaba una situación de Trata de Personas que inicialmente no se tipificó como tal, y que, además, no formuló investigación contra dos efectivos policiales identificados como perpetradores de delitos relacionados al caso en agravio de una menor de edad. Estos errores fueron corregidos cuando el caso pasó a manos de otra fiscal, que ubicó una serie de malas prácticas que se llevaron a cabo desde que la víctima sentó la denuncia por violación, pero que de forma explícita denotaba que era un caso de trata de personas: ¿qué los motivó a denunciar estas malas prácticas y retomar una investigación que se daba por concluida? ¿cuáles han sido los retos que han enfrentado al proceder con la investigación de la manera adecuada?
Fue un compromiso con los fines de la institución, entre otros, tener la claridad que estamos para vigilar la vigencia de los derechos fundamentales de los niños, niñas, adolescentes y de la mujer, tanto más cuando es víctima de abuso sexual y trata de personas y, se reorientó la investigación como debía haber sido desde su inicio, de manera oportuna y eficaz.
Los retos que asumió la fiscal responsable del caso fue el de poner a prueba hasta donde nos encontrábamos preparados para este caso y lograr las sanciones que corresponde a cada uno de los procesados.
2. Hablando en términos generales, ¿qué factores influyen para que un fiscal no reconozca un delito de trata de personas, a pesar de contar con todas las pruebas necesarias, y los identifique dentro de otros tipos penales como favorecimiento a la prostitución o violación sexual, entre otros?
En teoría, se puede sostenerse que no estaba preparado para el cargo, pues ser fiscal implica conocer la función y las razones por las que decidió presentarse o postular para tan digno cargo. También puede responder a otros estímulos ajenos a sus funciones.
3. ¿Cómo influyen el factor presupuestal, el de capacitación y el de voluntad en la reproducción de malas prácticas? ¿Cómo impacta esto en la víctima?
Sobre los factores de capacitación y voluntad, que depende del factor humano: en este caso, hacia el final, sí se contaba con una fiscal comprometida con su función y su equipo.
Sobre el presupuesto: se tuvo dificultades de disposición inmediata, pero fueron superadas por el mismo personal fiscal y profesional, restituidas en parte pero pesó más su compromisos con el caso.
Si la víctima es bien atendida, el impacto será positivo, pues pese a su condición sentirá la preocupación mostrada hacia ella. Caso contrario, le causará mayor dolor, sufrimiento, ira, impotencia y desconcierto, y con esto, un daño irreparable de consideración. Todo lo que hacemos, por más pequeño que parezca, repercute en las víctimas.
4. En el ámbito nacional, diversas entidades cuentan con malas prácticas institucionalizadas, es decir, malas formas de proceder que se repiten una y otra vez en la organización. ¿De qué manera afecta a la labor de las fiscalías y a las víctimas que éstas se institucionalicen?
Esas malas prácticas, que pueden constituir irregularidades en la función o la comisión de delitos, pueden afectar de manera considerable, hasta llevar a la imposibilidad de esclarecer el caso y causar impunidad.
En las víctimas se puede causar una mayor afectación y daño, además de aquel que ya fue experimentado a partir del delito.
5. ¿Cómo podemos hacer para que desde todas las entidades estatales se repliquen las buenas prácticas, las prácticas justas, en vez de que primen las malas?
En primer lugar designar o nombrar servidores y funcionarios que tengan la claridad de lo que significa la función que van a desempeñar y estar preparados para ella. Esto implica, entre otras cosas, ser competentes, justos, comprometidos, perseverantes y responsables, pues así cumpliremos con nuestros deberes de manera ejemplar, con atención de lo que se hace y dedicación comprometida únicamente con todo lo que significa nuestro trabajo. Aquello a o que se le está denominando “buenas prácticas”, hace alusión implícita a nuestra función. accionar bajo malas prácticas es, sencillamente, obrar en contra de aquello que nos designaron o para lo que nos nombraron.
6. Considerando que para emitir un juicio final, el juez recibe información de la fiscalía y ésta de la policía – o la conocida cadena de impunidad -, ¿qué debería tenerse en cuenta para que un caso no termine de esta manera?
Asumir de manera responsable nuestras funciones, en mi caso como director de la investigación del delito, implica un trabajo coordinado con la policía y profesionales, teniendo claridad del por qué somos fiscales, policías, peritos, administrativos y demás personas que intervienen en una investigación y proceso penal, que tenemos una misma finalidad: el esclarecimiento del caso y ninguna actuación u omisión que no esté orientada hacia el objetivo de la investigación y del proceso penal. Al asumir así nuestra función, también haremos un trabajo de prevención, al percibir los eventuales abusadores que el sistema funciona de manera eficaz y ejemplar y, no hay lugar a la impunidad de ninguna forma.