Editorial N° 158: LA MUJER COMO OBJETO Y LA TRATA DE PERSONAS

Los derechos humanos establecen la necesidad de garantizar la igualdad entre las personas; es así que tanto el derecho a la igualdad como la prohibición de la discriminación convergen como basamento de los derechos fundamentales de la ciudadanía. Sin embargo, en muchas ocasiones niñas y mujeres son marginadas, violentadas y/o relegadas en función del género, roles o estereotipos atribuidos por una sociedad machista, generando la necesidad de reivindicar la lucha contra las diversas formas de discriminación y violencia contra las mujeres.
Existen dos instituciones del Estado que se han pronunciado al respecto. Por un lado, el Tribunal Constitucional establece que la prohibición internacional de discriminación basada en sexo busca promover la igualdad real de las mujeres ; por otro lado la Defensoría del Pueblo indica que los actos discriminatorios se basan en un prejuicio negativo que hace que los miembros de un grupo sean tratados como seres no sólo diferentes, sino inferiores .
En el Perú, un claro ejemplo de la desigualdad, inequidad y discriminación lo encontramos en la situación de trata de personas  en la que muchas mujeres peruanas o extranjeras se ven inmersas con fines de explotación sexual o laboral. La víctima de trata de personas es utilizada como mercancía u objeto transable, siendo vendida y comprada para el disfrute, en su mayoría, de hombres, privándola  de  derechos fundamentales como  la libertad personal, la dignidad, la integridad y la vida.
De acuerdo al Observatorio de la Criminalidad, al año 2013 se han reportado 3129 víctimas de trata de personas, de las cuales 2491 son mujeres y niñas, la situación se agrava al constatar que estamos hablando del 79.6% del total de víctimas registradas. Ahora bien, en el mismo periodo, se detectó que 1848 víctimas eran menores de 18 años y  1355 fueron explotadas con fines sexuales.
Las estadísticas evidencian una realidad inevitable: la trata de personas es un delito que  también  se expresa en términos de género puesto que afecta preferentemente a mujeres y niñas. Esto se debe a un problema multicausal que comprende varios factores como: situaciones de riesgo que propician una situación de vulnerabilidad; la necesidad de ingresos; los patrones culturales; la corrupción; la criminalidad; la discriminación de género, entre otros factores que terminan por facilitar la captación de la mujer por parte de los tratantes.
Ninguna de las regiones del Perú se encuentra a salvo de este problema. Los tratantes operan a través de redes organizadas y/o grupos vinculados a bares, discotecas, prostíbulos y hospedajes, aprovechándose de la debilidad del rol fiscalizador de los gobiernos locales y regionales, la prácticamente inexistente aplicación de sanciones administrativas y clausura de establecimientos, entre otros. La inacción de los diversos actores del estado refuerza la impunidad y termina por promover la inseguridad ciudadana y facilitar el delito.
Podemos evidenciar que la feminización de delitos como la trata de personas, la explotación sexual  y el tráfico de personas se ve reafirmada por una débil  política públicas con enfoque de género y por una sociedad que cosifica a la mujer. Por ello, resulta imperante formular e implementar una política pública que tenga un enfoque de género y sea funcional a las garantías y demandas de los derechos fundamentales de las mujeres, especialmente de las niñas.
Dato:
  • EXP. N.º 05652-2007-PA/TC. Recuperado de http://www.tc.gob.pe/jurisprudencia/2008/05652-2007-AA.html
  • Defensoría del Pueblo (2007). La discriminación en el Perú Problemática, normatividad y tareas pendientes. Serie Documentos Defensoriales – Documento Nº 2. Recuperado de http://alertacontraelracismo.pe/wp-content/uploads/2013/02/La-discriminaci%C3%B3n-en-el Per%C3%BA-problem%C3%A1tica-normatividad-y-tareas-pendientes.pdf
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