Editorial N° 219: LA TAREA PENDIENTE DEL ESTADO EN LA SALUD MENTAL DE LAS VÍCTIMAS DE TRATA DE PERSONAS

Cada 10 de octubre se conmemoró el Día Mundial de la Salud Mental, fecha en que la OMS resalta la importancia de la misma y la necesidad de brindar servicios adecuados de atención en salud mental para todas y todos los ciudadanos, sin importar su condición.
Brindar asistencia psicológica es uno de los componentes del conjunto de servicios de salud mental incluidos en los sistemas nacionales de salud a los que se comprometieron gobiernos de todo el mundo, incluido el Perú,  en el Plan de Acción Integral sobre Salud Mental 2013 – 2020 de la OMS.
Desde nuestro accionar como institución hemos podido observar cómo se ve afectada la salud mental de personas que son víctimas de diversos tipos de agresiones, siendo la trata de personas una de ellas que, no solo anula y cosifica a sus víctimas, sino que constituye una clara violación de sus derechos y de las libertades fundamentales de cualquier ser humano.
Por este motivo consideramos urgente restituir la dignidad de las víctimas, de manera que puedan recuperarse y reintegrarse a la sociedad identificando planes de vida que les permitan desarrollarse libre y plenamente.
Y es que algo que parece tan sencillo, como la protección de los derechos humanos de las víctimas de trata de personas, presenta enormes dificultades en el plano real ya que, a pesar de los numerosos avances que se han producido en los últimos años en la lucha contra este fenómeno, observamos que aun carecemos de estrategias integrales y de servicios de protección y reinserción de víctimas adecuados.
En este sentido, se requiere que el Ministerio de Salud (MINSA), integrante de la Comisión Multisectorial contra la Trata de Personas, asuma las responsabilidades señaladas en la Ley 28950 -Ley contra la Trata de Personas y el Tráfico Ilícito de Migrantes- y su reglamento, orientadas a “…regular la organización y prestación de los servicios de salud, para el acceso a una atención integral de salud de la población en situación de vulnerabilidad asociada a la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes, con especial énfasis en la reducción de la vulnerabilidad de mujeres, niñas, niños y adolescentes, promoviendo entornos seguros o de protección”.
También debe coordinar con las entidades públicas competentes sobre la atención integral de salud, incluida la atención psicológica a las víctimas del delito de Trata de Personas y Tráfico Ilícito de Migrantes y sus familiares dependientes. Para ello es indispensable que el MINSA apruebe un presupuesto específico para el abordaje de la trata de personas e implemente un registro de atenciones brindadas a las víctimas de Trata de Personas, así como de los familiares dependientes, en los establecimientos de salud.
Por otro lado, asumimos con preocupación algunas situaciones donde el Estado no asume su rol de garante, llegando a dificultar los procesos de recuperación de las víctimas, ya sea por acción, como podrían ser las situaciones de externamiento de niñas, niños y adolescentes de los centros de atención residencial sin la debida evaluación de necesidades, tanto de las víctimas como de su entorno familiar, o por omisión, siendo este el caso de la falta de enfoque de la víctima como eje central en la lucha contra la trata de personas.
Es necesario y urgente, por tanto,  contar con un Plan de Reintegración de las víctimas en las que el Estado asuma su responsabilidad con ellas. Un plan integral que establezca e implemente servicios especializados, con personal especializado, que incluya servicios de salud mental, que tenga en cuenta las expectativas y necesidades de cada víctima, que les permita desarrollarse con plenitud y libremente como seres humanos, restituyéndoles todos y cada uno de sus derechos vulnerados y alejándolas de la revictimización.  Esta sigue siendo una de las grandes tareas pendientes del Estado en la lucha contra la trata de personas.
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