El gobierno debe respaldar las iniciativas indígenas frente a la trata de personas

Wilfredo Chau Lazares, Presidente de Indigenous Rights International Organization (IRICAS)


1. ¿Es el acceso a la educación básica regular un factor que reduce la vulnerabilidad de los pueblos indígenas originarios? ¿Cuáles han sido los avances del Estado peruano en el desarrollo de programas de Educación Intercultural Bilingüe? ¿Son suficientes?

La respuesta concreta es sí, la Educación Básica Regular lógicamente va a reducir la vulnerabilidad. Pero de ahí la disyuntiva es la siguiente: tiene que ser una Educación Propia, no estoy diciendo una Educación Intercultural Bilingüe o una Educación Bilingüe Intercultural. La Educación Propia quiere decir que la educación tiene que ser desde la construcción del mismo pueblo indígena, desde la comunidad. En mi opinión, la Educación Básica Propia es el paso número uno, de ahí puede venir la Educación Bilingüe Intercultural que ya cayó en desuso y que actualmente se habla de la Educación Intercultural Bilingüe.

En mi opinión, los avances en Educación Intercultural Bilingüe son relativamente débiles porque el Estado, en este caso representado por el Ministerio de Educación, ven más a la lengua desde una perspectiva de educación, es decir, desde la necesidad de que ellos deban de educarse, pero si lo ves desde la Educación Básica Propia, del mismo pueblo indígena, no va a tener ese sentido simplista de educación, sino va a tener un sentido mucho más intrínseco con elementos étnicos, ancestrales e identitarios. En Colombia existe la Educación Propia, en México también, no es nada nuevo.

2. ¿Cree que existe una relación entre la condición de indocumentación de los integrantes de los pueblos indígenas y los casos de trata de personas?

En definitiva mi respuesta sería que no existe una relación. Al momento de que la RENIEC entrega DNI en sus campañas, los pueblos indígenas los preservan y pasan muchos años, no conozco la estadística pero hay un 50% quizás de los hermanos indígenas que al obtener estos DNI gratuitamente no llegan a usarlos, es decir, no utilizan el DNI ni para votar porque no les interesa, porque no se sienten identificados con algún partido político o porque simplemente, como ellos dicen, los políticos siempre se apersonan a la comunidad solamente para ganar votos. Segundo, los DNI generan multas y les comienzan a generar deudas con el Estado.

Definitivamente, la ley dice que ellos tienen la obligación de votar, pero entonces dónde está tu derecho a la libre expresión.

El tener DNI es un mecanismo ajeno hacia la naturaleza de la comunidad indígena, frente a la situación de trata de personas eso no hace ninguna diferencia. Más bien, desde los otros puntos que te he mencionado, hay daños colaterales. En las comunidades amazónicas viven en lugares pantanosos o de bastante foresta, hay también muchos cuerpos de agua, en consecuencia, muchos de los DNI terminan cayéndose al agua o deteriorándose rápidamente.

3. 70 asháninkas fueron rescatados mediante operativos luego de que Sendero Luminoso los secuestrara y retuviera en contra de su voluntad. Algunos de ellos llegaron incluso a permanecer cautivos casi 30 años. ¿Considera que este caso de reclutamiento forzoso como modalidad de la trata de personas, evidencia la necesidad de trabajar en mayores medidas de protección para los pueblos indígenas? ¿Por qué?

Por supuesto que sí, y lo digo por la experiencia de los pueblos indígenas de Colombia que son quienes tienen como país más de 60 años de luchas internas, de guerras, guerrillas, insurgencias, etc. Se debe partir de las iniciativas propias y programáticas de los pueblos indígenas para que el gobierno pueda escuchar cuáles son las medidas que ellos toman. ¿Por qué? Porque ellos conocen cada rincón del territorio geográfico donde viven gracias a la comunicación verbal, conocen cada estructura organizativa, también cuáles son las zonas más vulnerables, lugares de tránsito, lugares de paso, ellos saben quiénes son foráneos, colonos o evangelizadores. Ellos tienen la suficiente capacidad para poder construir estas medidas de protección desde su iniciativa indígena. Y en segundo lugar, los gobiernos pueden construir en coordinación con los pueblos indígenas las medidas de protección en base a lo que ellos ya conocen.

Los primeros que se enfrentan hacia estas organizaciones o bandas son las mismas autoridades indígenas, entonces, ¿por qué no dejar de que ellos encabecen estos programas o medidas de protección con el respaldo y el apoyo de las fuerzas policiales o fuerzas armadas? El punto es que si existen las instituciones de rondas campesinas, rondas nativas, comités de autodefensa, policía comunitaria, policía comunal, entre otros, ellos al existir dentro de la comunidad como institución social, ¿por qué no hacerlos partícipes dentro de estas medidas de protección ya como actores dentro de lo que en Colombia se llama como “guardia indígena”?

4. Según el Convenio Nº 169 de la OIT, los gobiernos deben consultar a los pueblos indígenas interesados, mediante procedimientos apropiados y en particular a través de sus instituciones representativas, cada vez que se prevean medidas legislativas o administrativas susceptibles de afectarles directamente. En este sentido, siendo los pueblos indígenas altamente vulnerables al delito de trata de personas, ¿no debería el nuevo Plan Nacional de Acción contra la Trata de Personas ser sometido a consulta previa?

Definitivamente sí, son medidas que van a generar políticas públicas, las cuales deben ser políticas públicas interculturales. El problema es que a veces las organizaciones nacionales indígenas ya no representan a los pueblos indígenas en su integridad, sin embargo, gracias a las tecnologías de la información, las organizaciones locales, provinciales o las pequeñas organizaciones indígenas ya pueden ser llamadas a que participen justamente en estos planes de acción. Se deben convocar a más actores, con mayor diversidad étnica y pluralidad. Tiene que ser una construcción con participación directa de ellos.
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