La Fiscalía rechaza beneficios penitenciarios en materia de Trata de Personas.

16 niñas fueron rescatadas por la Fiscalía en Moquegua.

Lima, agosto 22.- “El Ministerio Público no es partícipe de ningún beneficio penitenciario en los casos de Trata de personas referidas al trabajo y explotación infantil”; así lo señaló el Fiscal Adjunto Provincial de Moquegua, Manuel Armando Bernedo Danz.

Fue en una entrevista concedida al Programa “Los Fiscales” de Canal 7 TV, al referirse como ejemplo a un caso en el cual la Fiscalía de Moquegua logró que un sujeto denunciado y acusado por este delito sea condenado por el Poder Judicial a la pena de 12 años de prisión efectiva, por explotación sexual y laboral de una menor en esa localidad.

Asimismo, indicó que el Ministerio Público enfrenta a diario ésta problemática en el sur del país, mediante operativos continuos contra centros nocturnos y lugares clandestinos donde explotan a menores de edad, ya sea sexual o laboralmente, precisó.

Indicó que ya se ha logrado rescatar a 16 menores de estos antros; siendo así que el año 2008 salvaron a 5 niñas, el 2009 a 10 menores y en lo que va del año se ha logrado recuperar de esas garras del vicio a una menor más.

Marco Legal

De otro lado la Fiscal Superior en lo Civil, Azucena Solari Escobedo, dijo en la misma entrevista, que el Perú es suscriptor de los Convenios 138 y 183 con la Organización Internacional del Trabajo (OIT) referentes a la edad mínima de trabajo infantil desde los 15 años y a las condiciones de trabajo para los menores de edad.

Señaló que el marco legal de este tema está contemplado en el Código de los Niños Y Adolescentes, en la Constitución Política del Perú y en los Convenios con la OIT. Remarcó que los menores de edad tienen derecho a la dignidad, al descanso y a una remuneración apropiada en los casos del trabajo infantil o de menores.

Ante los casos de explotación del trabajo infantil en sus diversas modalidades y formas denigrantes en las que se desarrolla en las mineras informales o en las ladrilleras y en los campos de cultivo, en los talleres, entre muchos otras actividades laborales en nuestro país, el Ministerio Público realiza operativos y campañas de educación, capacitación y de prevención a los padres de familia y a los profesores en los centros educativos, para que tengan cuidado para con sus menores hijos o alumnos que trabajan, puesto que tienen que contar con las condiciones arriba mencionadas, concluyó.

Ministerio de Trabajo

A su turno el Secretario del Comité de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil (CPETI) del Ministerio de Trabajo y Promoción del Empleo, dijo que la situación del trabajo infantil en el Perú está inmerso en problemas del trabajo infantil dentro de las actividades contrarias a su desarrollo e integridad física, moral y educativa, asimismo que se viola la ley que señala que sólo en situaciones especiales el niño puede trabajar desde los 14 años en el Perú siempre en cuando no afecte a su salud ni perturbe sus estudios.

Señaló que en el Perú hay 2 millones 115 mil 400 niños y adolescentes de ambos sexos que trabajan gran parte de ellos en labores de la actividad familiar, no remunerados, según la Encuesta Nacional de Hogares (ENAHO).

En cuanto a la trata de menores de edad y su explotación sexual dijo que el Estado peruano realiza una cruzada nacional a través del Ministerio Público, el Ministerio del Interior, el Ministerio de la Mujer y Desarrollo Humano, quienes realizan campañas de prevención, operativos de erradicación del trabajo infantil en las regiones críticas como Madre de Dios, Puno, Moquegua o Tacna y otras, donde se han detectado Trata de menores con fines de explotación y por ende al trabajo forzado o en actividades sexuales (prostitución infantil) contrarios a la leyes respectivas.

Lima, 22 de agosto de 2010
OFICINA DE IMAGEN INSTITUCIONAL

Link:

http://www.mpfn.gob.pe/prensa-detalle.php?id=4179
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