Si no hay un plan estratégico, por más buena que sea la ley, termina siendo inaplicable


José López Viera, abogado constitucionalista especialista en derechos humanos y docente de formación de jueces y fiscales para los exámenes del Consejo Nacional de la Magistratura.El experto nos dio su visión acerca de la Ley N° 30077 Ley contra el crimen organizado y cómo sería el trabajo con esta normativa.



¿Qué ventajas otorga esta ley frente a delitos como la trata de personas?
Esta ley otorga una sanción más drástica para aquellos que se organizan en grupos de tres o más personas para cometer actividades delictivas como trata de personas, violaciones, asesinatos, entre otros delitos de gravedad. Pero principalmente me parece que la ley es un instrumento para salvaguardar la seguridad ciudadana.

El año pasado esta ley otorgaba beneficios penitenciarios, este año ya no ¿qué ha pasado?Una de las cosas más importantes, en cuestión de consecuencias político-criminales, es esa. Al entregar beneficios penitenciarios, los delincuentes están acostumbrados a entrar, acumular beneficios e inmediatamente salir. Uno de los aportes más importantes de esta ley es el retiro de los beneficios penitenciarios entre otros factores, como por ejemplo, imponer a los cabecillas 35 años de prisión e inhabilitar a los integrantes de las bandas que son servidores o funcionarios públicos. Otro punto importante es la creación de una base de datos para que se tenga toda la información acerca de estos delincuentes, incluyendo la inspección minuciosa de la gente que los visita, pues muchos de ellos son el nexo entre la persona presa y la gente de la calle que le permite seguir cometiendo actos delictivos. 

¿Existe alguna forma de acogerse a algún beneficio penitenciario?
No, la ley es clara, quita los beneficios penitenciarios y eso es una excelente alternativa.

¿Qué sucede cuando las personas detenidas son menos de tres, pero se sabe que hubo más implicados en el delito?
En ese sentido la ley es un poco ambigua, dice “de tres o más”, que participen directamente del acto delictivo. Ahora, el problema pasa cuando de repente es uno, dos y quizás tres o cuatro que no participaron directamente. Para eso creo que debería hacerse una interpretación sistemática de la ley. Además, en diversos artículos de la ley se habla que en el Poder Judicial, el juez tendría que analizar y aplicar la ley en base a criterios de razonabilidad, proporcionalidad e idoneidad, entonces es ahí que, basándose en estos principios, se podría precisar qué tan directa o indirecta ha sido la participación de estos implicados para aplicarles la ley.

La ley no cuenta con un presupuesto determinado ¿cómo cree que se aplicará la norma en esta situación?
El gran problema de muchas leyes buenas en este país, como esta, es la falta de presupuesto, esto impide que las normas se puedan aplicar de manera inmediata. Ahora, si no hay presupuesto ¿cómo aplicas una ley? El Estado tiene la costumbre de sacar una ley y en el camino irla implementando, pero eso es algo totalmente improvisado y que en vez de que ocasione beneficios puede terminar ocasionando perjuicios. Entonces el gran problema es ese ¿cómo aplicas una ley si no hay presupuesto para cumplir con su finalidad?

La ley también señala que los agentes podrán infiltrarse en las bandas criminales ¿no podría ser un arma de doble filo, sabiendo que muchos están involucrados con las bandas criminales?
Ese es un tema bastante engorroso, porque, por ejemplo, en el tráfico ilícito de drogas, también hay agentes encubiertos y gente que se infiltra para llegar a descubrir el acto delictivo y quienes lo cometen. El gran riesgo es justamente ese, cuando los agentes terminan siendo parte de la banda delincuencial. Lamentablemente es un riesgo que el Estado asume, porque no queda otra. Ahora, la situación va a ser cómo se afrontan las consecuencias y en el caso de que un agente, termine siendo parte de la banda delincuencial, hay que sancionarlo de la manera más drástica posible.

Podría decirse que la ley es buena pero tiene muchas cosas por revisar…
No solamente se trata de un tema de presupuesto sino que para implementar este tipo de leyes no solo basta tener el sustento económico sino que se requiere todo esfuerzo de coordinación entre las principales instituciones involucradas, Policía Nacional, Ministerio Público, Poder Judicial, etc. Es decir, no se trata  solo de preocuparse por la cuestión económica, sino de todo un plan estratégico, que muchas veces le hace falta al Estado.

¿Qué  implicancias puede tener esta ley en los procesos con el nuevo código procesal penal?
La ley es clara, inmediatamente se va a aplicar con el nuevo código procesal penal. De alguna manera, se supone que con el nuevo código el proceso sería más humanista, más rápido, más garantista, pero yo tengo siempre una opinión frente a esto porque, si no hay un plan estratégico, por más buena que sea la ley, termina siendo inaplicable. El tema es que el Nuevo código procesal penal tiene la característica de ser muy garantista con respecto a la protección de los derechos y si no hay un adecuado plan estratégico, al final los delincuentes terminan aprovechándose de eso para sacarle la vuelta a la ley y burlar a la justicia.

¿Cómo cree que va a funcionar la ley contra el crimen organizado?
En el Perú siempre con este tipo de leyes se genera una incertidumbre. Puede ser que en parte funcione bien, como también puede que funcione mal. Hay que entender que hay fiscales, jueces y policías de todo tipo y mientras no haya un plan estratégico contundente y con metas a corto y mediano plazo es toda una incertidumbre, tal como pasa con el nuevo código procesal penal, se aplica bien en un lado, se aplica mal en otro y estamos como en un barco sin velas. Aquí es: cuestión económica y plan estratégico, que son los dos instrumentos para que cualquier ley, por más buena que sea en lo abstracto termine siendo muy buena también en lo concreto.
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