Hace poco fue aprobada la Ley 30076 que tiene la particularidad de otorgar beneficios penitenciarios a los condenados por trata de personas en su modalidad agravada lo cual ha sido duramente criticado.
Alberto Arenas, director de CHS Alternativo consideró que esta ley es “incoherente por generar beneficios a quienes menos lo merecen”.
“De acuerdo al principio de retroactividad de la ley penal, el reo puede hacer uso de esta nueva Ley durante el tiempo que se encuentre vigente, por ello es importante que se derogue en ese aspecto puntual”, añadió Alberto Arenas.
Pese a su importancia, esta ley ha sido tildada como un retroceso grave en la lucha contra la trata de personas, pues la Ley contra la trata de personas y tráfico ilícito de migrantes (Ley Nº 28950), había suprimido cualquier tipo de beneficio penitenciario a los tratantes, precisamente por la gravedad del hecho cometido.
El Tribunal Constitucional había señalado que los beneficios penitenciarios no constituyen derechos y que la legislación puede prohibirlos en determinados casos según la gravedad del delito cometido, pero según lo analizan expertos, en esta ley se dan algunos beneficios
De este modo, la aplicación de la Ley Nº 30076 podrá ser utilizada en beneficio de todos aquellos condenados por el delito de trata de personas, causando un daño irreparable y dejando como saldo un retroceso normativo a en cuanto a la búsqueda de justicia por este delito.