La Presidenta Dilma Rousseff sancionó este miércoles (21/5) una
ley que torna el delito abominable de la explotación sexual de los niños,
adolescentes o personas vulnerables. la nueva ley fue sancionado durante la
semana Nacional de Enfrentamiento de la violencia sexual contras los niños y
adolescentes.
Aprobado en una votación simbólica el martes pasado (13 de mayo)
en la Camara de los Diputados, el proyecto estipula la explotación sexual de
niños y adolescentes como el uso de ellos en actividades sexuales que es
remunerado, pornografía infantil y la exhibición de niños en espectáculos
sexuales público o privado. La propuesta dice que el delito sucede también
cuando no hay un acto sexual propiamente dicho pero cuando otro forma de
relación sexual ou actividad erótica que implica la proximidad física y sexual
entra la víctima y el explotador.
La pena prevista pase a ser de entre 4 a 10 años de reclusión,
aplicable también a quien facilita esta práctica, impide o dificulta cuyo
propio abandono de la víctima. Incurrirá dentro de la misma pena quien fue
preso practicando sexo ou otro acto libidinoso con alguien menor de 18 anõs y
mayor de 14 años de acuerdo con el contexto de la prostitución.
Los condenados por este crimen no podrán pagar fianza y no
terían derecho a la amnistía, gracias o indulto navideño. La pena impuesta
tenerá que ser cumplida inicialmente en régimen cerrado. Para progresar del
régimen, será exigido el requisito objetivo de cumplimento de, lo mínimo, dos
quintos de la pena aplicada y si el apenado fue primaria, de tres quinto se
reincidente.
El ley del Crimen Abominable (8.072/90) ya previene la
clasificación de otros diez delitos graves, como la violación de niños y
adolescentes menores de 14 años y personas vulnerables (cuyos que no tienen
condiciones de discernimiento para la practica del acto debido a una enfermedad
o deficiencia mental), latrocinio y secuestro seguido de muerte.